Comprobantes de Venta
- Los contribuyentes considerados como negocios populares emitirán notas de venta al amparo de la normativa vigente.
- Cuando dejen de tener tal consideración, no podrán emitir notas de venta, debiendo dar de baja aquellas cuya autorización se encontrare vigente y deberán emitir los comprobantes y documentos que corresponda.
- Los contribuyentes calificados como “negocios populares” que realicen actividades económicas no sujetas al RIMPE deberán emitir facturas exclusivamente por estas transacciones.
Impuesto a la Renta
La declaración y pago del Impuesto a la Renta se realizará con periodicidad anual.
Impuesto al Valor Agregado
- Los contribuyentes considerados como negocios populares emitirán notas de venta al amparo de la normativa vigente.
- Cuando dejen de tener tal consideración, no podrán emitir notas de venta, debiendo dar de baja aquellas cuya autorización se encontrare vigente y deberán emitir los comprobantes y documentos que corresponda.
- Los contribuyentes calificados como “negocios populares” que realicen actividades económicas no sujetas al RIMPE deberán emitir facturas exclusivamente por estas transacciones.
Retenciones📃
- En ningún caso actuarán como agentes de retención.
- Son sujetos a retención del 0% por las actividades económicas sujetas a este régimen
Vigencia📃
- Los negocios populares estarán en el RIMPE mientras conserven dicha condición.
- Si un negocio popular registra ingresos superiores a los USD 20.000, permanecerá en el régimen bajo el cumplimiento de las obligaciones simplificadas y dejará de ser parte del esquema de negocio popular desde el ejercicio fiscal siguiente.
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